La Escuela de Graduados presenta el Programa de Movilidad Internacional de Posgrado, con el objetivo de brindar una ayuda económica a estudiantes y docentes de las carreras de la Escuela.
El objetivo de este programa es fomentar la inserción internacional de dichas carreras, la cooperación académica con universidades y centros académicos y/o de investigación del exterior y la mejora de la formación y la producción científica de posgrado.
Las actividades susceptibles de apoyo económico en el marco del Programa son:
a) estancias en el marco de cotutelas de tesis;
b) estancias o pasantías de investigación en universidades o centros académicos y/o de investigación del exterior;
c) otras actividades que la Junta Directiva considere relevantes siempre que estén directamente vinculadas con el proceso de internacionalización de las carreras de posgrado y los objetivos del Programa.
Convocatoria abierta hasta el 20 de noviembre de 2026 y es para ser aplicada durante el primer semestre de 2027.
Bases y condiciones:
Alcance
Podrán ser beneficiarios del Programa:
a) estudiantes de una carrera de posgrado de la Escuela de Graduados;
b) docentes con asignación vigente en una carrera de posgrado de la Escuela de Graduados.
No podrán resultar beneficiarios quienes ya hubieran recibido una ayuda del presente Programa con anterioridad, salvo que no existieran otras solicitudes admisibles.
La ayuda económica otorgada en el marco del presente Programa es incompatible con cualquier otra que, para la misma actividad y período, otorgue la Facultad de Ciencias Económicas. El postulante deberá declarar, al momento de presentar su solicitud, si ha solicitado u obtenido otro beneficio de similares características, debiendo optar por uno solo de ellos en caso de superposición.
Financiamiento
La cobertura de las ayudas podrá incluir el pago parcial o total de pasajes, estadía y/o manutención. Como criterio general, el Programa cubrirá solamente aquellos rubros que no estén contemplados por la contraparte. En ningún caso incluirá la asistencia a congresos, ni otros rubros tales como compra de materiales e insumos, adquisición de equipamiento, seguros, etc.
Las ayudas que se otorguen en el marco del Programa tendrán carácter de asistencia económica y no generarán derecho a la cobertura total de los montos solicitados. Cuando el total de las solicitudes admisibles exceda los recursos anuales disponibles, la Junta Directiva podrá otorgar ayudas parciales, reducir proporcionalmente los montos a asignar y/o priorizar solicitudes según los criterios establecidos, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los postulantes.
Las actividades deberán realizarse dentro del plazo establecido en el acto de otorgamiento. Si así no fuera, la Escuela de Graduados se reserva el derecho de revocar el financiamiento otorgado.
La Junta Directiva establecerá anualmente los recursos a destinar al Programa, en función de la disponibilidad presupuestaria de la Escuela de Graduados.
Convocatoria, formalización de solicitudes y documentación a presentar
Las convocatorias se realizarán con periodicidad semestral. Las solicitudes deberán presentarse dentro del período establecido en cada convocatoria y serán evaluadas y resueltas, respectivamente, durante los meses de junio y noviembre. La ayuda económica que se otorgue estará destinada exclusivamente a financiar actividades a desarrollarse durante el semestre inmediato posterior a aquel en el que se produzca la evaluación y resolución de las solicitudes.
Las Bases de cada convocatoria podrán especificar aspectos particulares vinculados con sus propósitos, prioridades y condiciones de implementación, de acuerdo con los objetivos estratégicos y la planificación anual de la Escuela de Graduados.
La solicitud será elevada a la Escuela de Graduados por el Director o Directora de la carrera de posgrado correspondiente, con el aval del Comité Académico de la carrera.
La solicitud deberá contener:
a) nota de elevación del Director/a de la carrera con el aval del Comité Académico, fundamentando la relevancia de la actividad para la internacionalización de la carrera;
b) plan de trabajo o actividades (máximo cuatro páginas), con objetivos, actividades propuestas, resultados esperados, cronograma y justificación del financiamiento solicitado, con el detalle de la cobertura requerida (pasaje, estadía, manutención);
c) carta de invitación o aceptación de la institución de destino;
d) currículum vitae del postulante;
e) constancia de estudiante regular o de asignación docente en la carrera, según corresponda, expedida por autoridad competente;
f) en el caso de cotutelas, copia del convenio de cotutela suscripto o en trámite.
La información suministrada tendrá carácter de declaración jurada.
Evaluación y resolución
La evaluación de las solicitudes y el otorgamiento de las ayudas estarán a cargo de la Junta Directiva de la Escuela de Graduados, la que valorará: la pertinencia y relevancia de la actividad para la inserción internacional de la carrera; la calidad del plan de trabajo y su impacto esperado en la formación y la producción científica; los antecedentes del postulante; la cobertura económica de la universidad o centro de estudios de destino y la justificación del financiamiento solicitado.
La distribución de las ayudas procurará atender de manera equitativa a las distintas carreras de posgrado y a las categorías de estudiantes y docentes, de acuerdo con las solicitudes admisibles, los recursos disponibles y la calidad, pertinencia y viabilidad del plan de trabajo propuesto, conforme a los criterios de evaluación establecidos en el presente Programa. Los fondos que no sean utilizados total o parcialmente por una carrera, ya sea por falta de postulaciones o por cualquier otra circunstancia, podrán ser redistribuidos por la Junta Directiva entre las demás carreras que cuenten con solicitudes admisibles, considerando asimismo los planes de trabajo propuestos y aplicando los criterios de evaluación establecidos.
El otorgamiento de la ayuda queda condicionado a la aceptación oficial del postulante por parte de la institución de destino.
Una vez resuelto el otorgamiento de las ayudas por la Junta Directiva, el listado de beneficiarios será elevado al Decano/a de la Facultad de Ciencias Económicas a fin de que se proceda al dictado de la resolución correspondiente al pago.
Obligaciones de los beneficiarios
Los beneficiarios deberán:
a) cumplir con todos los requerimientos señalados en el presente Programa y en el acto de otorgamiento;
b) comunicar a la Escuela de Graduados toda situación no prevista que pueda afectar el normal desarrollo de la actividad;
c) elevar a la Escuela de Graduados, en un plazo no mayor a los sesenta (60) días de culminada la actividad, un informe de las actividades académicas realizadas, los resultados alcanzados y la contribución a la internacionalización de la carrera logrado (máximo tres páginas), junto con la certificación de la institución de destino y la rendición de gastos con la documentación probatoria correspondiente, de acuerdo con las normas administrativas de la UNC. La falta de presentación de la documentación requerida implicará la obligación de reintegrar el monto oportunamente asignado.
Si existieran razones que impidiesen el cumplimiento total o parcial de las actividades previstas, el beneficiario deberá realizar la devolución total o de la fracción no utilizada, según correspondiese.
Normas generales
Los aspectos no previstos en el presente Programa serán resueltos por la Junta Directiva de la Escuela de Graduados.